23.2 Cambio de moneda (Sarf)
23.2 Currency Exchange (Sarf)
Si examinamos los contratos comerciales de carácter financiero que existen en los mercados mundiales, encontraríamos que las transacciones de compraventa se dan en seis tipos:
If we examine the trade contracts of a financial nature that exist in world markets, we would find that purchase and sales transactions occur in six types:
1. El intercambio de una moneda por el mismo tipo de moneda, como el cambio de billetes antiguos de dinar iraquí por billetes nuevos.
1. The exchange of a currency with the same type of currency, such as the exchange of old Iraqi dinar notes for new notes.
2. El intercambio de una moneda por otra moneda, como el cambio de libras egipcias por dólares.
2. The exchange of one currency for another currency, such as the exchange of Egyptian pounds for dollars.
3. La compra de ciertos bienes con una determinada moneda y la compra de esa moneda con otra moneda, como la compra de aviones con dólares y el cambio de esos dólares por dinares iraquíes en una sola transacción.
3. The purchase of certain goods with a certain currency and the purchase of that currency with another currency, such as the purchase of aircraft with dollars and the exchange of those dollars for Iraqi dinars in one single deal.
4. La venta de ciertos bienes en libras esterlinas y su posterior intercambio por dólares.
4. The sale of certain goods in sterling and then exchanging them for dollars.
5. La venta de ciertos bonos con una determinada moneda.
5. The sale of certain bonds with a certain currency.
6. La venta de acciones de una determinada empresa, con una determinada moneda.
6. The sale of stocks in a certain company, with a certain currency.
Estas seis transacciones son contratos comerciales de naturaleza financiera. En cuanto a la compra y venta de bonos y acciones, esto está categóricamente prohibido según las normas de la Sharía, pues los bonos tienen una tasa de interés determinada y, por tanto, en ellos se produce usura; la transacción en sí misma es usuraria. Una acción representa la propiedad parcial de una empresa que, en primera instancia, es ilícita; por consiguiente, comerciar con acciones está prohibido, y también está prohibido operar con las acciones de todas las empresas públicas, ya sean empresas que se dedican al comercio lícito, como las empresas públicas industriales y comerciales, o empresas que se dedican al comercio ilícito, como las acciones de los bancos. En cuanto a la compra de mercancías con una determinada moneda, el cambio de esa moneda por otra, o la venta de ciertas mercancías por cierta moneda y luego el cambio de esa moneda por otra moneda, estas representan dos transacciones: una transacción de compraventa y una transacción de cambio. Por lo tanto, siguen las normas del comercio y del cambio, y deben estar sujetas a la regla de la separación de las operaciones.
These six transactions are trade contracts of a financial nature. As for the purchase and the sale of bonds and shares, this is categorically forbidden under the Shari’ah rules, for the bonds have a determined rate of interest thus usury occurs in them; it is even in itself, a usurious transaction. A stock represents a part ownership in a company that is unlawful in the first instance, thus trading in stock is forbidden, and it is also forbidden to deal in the stock of all the public companies, whether these were companies that deal in lawful trade, such as the industrial and commercial public companies, or companies that deal with unlawful trade such as the banks’ stocks. As for the purchase of goods with a certain currency, the exchange of that currency for another, or the sale of certain goods for certain currency and then exchanging that currency for another currency; these represent two transactions, a transaction of purchase and sale and a transaction of exchange. Therefore, they follow the rules of trading and exchange, and they should be subject to the rule of the separation of the deals.
La venta de una moneda por la misma o por otra moneda es una transacción de cambio, y está permitida. Esto se debe a que el cambio es el intercambio de dinero por dinero, de oro y plata, ya sea de igual valor en el mismo tipo, o de forma distinta e igualmente en los diferentes tipos. El cambio se produce en el dinero del mismo modo que se produce en el oro y la plata, pues las características del oro y la plata se aplican a él en su calidad de moneda. El dinero no es análogo al oro y la plata, sino una de sus formas, ya que se basa en cualquiera de ellos en su valoración monetaria. Así, si una persona comprara oro con plata, moneda por moneda, diciendo, por ejemplo: "Te vendí este Dinar de oro por estos Dirhams de plata", nombrándolos estando presentes en el momento de la venta, o si comprara oro con plata sin estar presente, como al firmar un contrato sobre una pieza monetaria descrita sin estar presente, y dijera: "Te vendí estas libras egipcias por diez Dirhams hiyazíes", estos ejemplos están permitidos, pues las monedas quedan determinadas en los contratos al nombrarlas, y así se establece la propiedad de sus valores. Por tanto, el comercio de oro por plata está permitido, ya sea libras por Dirhams, joyas de plata o Niqar (es decir, polvo de plata). El Niqar es el equivalente en plata del Tibr (es decir, polvo de oro). También está permitido intercambiar plata por oro, ya sean joyas, lingotes o polvo de oro. Sin embargo, todo intercambio de este tipo debe realizarse de mano a mano y estar descrito, ya sea en cantidades iguales o desiguales, peso por peso, o cantidad conocida (Jizaf) por cantidad conocida, o peso por cantidad conocida en todos los tipos mencionados, siempre que el cambio sea entre dos tipos distintos, pues si fueran del mismo tipo, solo puede haber igualdad y no desigualdad. El oro podría intercambiarse por oro, ya sean Dinares, joyas, lingotes o mineral, peso por peso, bien descrito por bien descrito, de mano a mano, y en principio no se permite ninguna diferencia. La plata también podía intercambiarse por plata, ya sean dírhams, joyas o niqar, peso por peso, bien especificado por bien especificado, al contado, y en principio no se permite ninguna diferencia. Por lo tanto, el intercambio entre el mismo tipo de moneda está permitido, siempre que sea igual, al contado y bien especificado por bien especificado. El intercambio entre dos monedas diferentes también está permitido y, en este caso, la condición de igualdad y de desigualdad no se aplica, pero debe realizarse al contado y bien especificado por bien especificado. La evidencia de la permisibilidad del intercambio se deriva del hadiz narrado por At-Tirmidhi a través de Ubada ibn As-Samit, quien dijo que el Mensajero de Allah ﷺ dijo: “Puedes cambiar oro por plata como quieras, al contado.” Muslim también narró a través de Ubada ibn as-Samit, quien dijo: “Oí al Mensajero de Allah ﷺ prohibir el comercio de oro por oro, plata por plata, trigo por trigo, cebada por cebada, dátiles por dátiles y sal por sal, a menos que fuera en cantidades iguales y bien especificado por bien especificado. Quien aumente o tome un aumento caerá en la usura (riba).” Muslim también narró a través de Abu Bakra, quien dijo: “Nos ordenó comprar oro por plata como quisiéramos, y comprar plata por oro como quisiéramos. Un hombre le preguntó al Profeta ﷺ, y él dijo: ‘Al contado’. Añadió: ‘Así es como lo oí.’” At-Tirmidhi narró a través de Malik ibn Aws Al-Hadazán, quien dijo: “Vine preguntando quién cambiaría algunos dírhams, cuando Talha ibn Ubaydullah, mientras estaba sentado con Umar ibn al-Jattab, dijo: ‘Muéstranos tu oro’, y luego ven a nosotros más tarde, cuando nuestro sirviente venga te daremos tu plata (dírhams).” Ante esto, Umar dijo: «¡No, por Allah! Le darás sus monedas de plata o le devolverás su oro, pues el Mensajero de Allah ﷺ dijo: “El intercambio de plata por oro lleva en sí un elemento de riba, a menos que se realice de mano a mano; el trigo por trigo es riba, a menos que sea de mano a mano; la cebada por cebada es también riba, a menos que se intercambie de mano a mano; y los dátiles por dátiles son también riba, a menos que sea de mano a mano”». Por lo tanto, está prohibido comerciar oro por plata, salvo de mano a mano, pues si las dos partes de la transacción se separaban antes de intercambiarlo de mano a mano, el intercambio sería ilícito. Al-Bujari y Abu Dawud transmitieron por autoridad de Umar que el Mensajero de Allah ﷺ dijo: «El intercambio de oro por plata es riba, salvo de mano a mano». Es condición que las dos partes contratantes efectúen la entrega en el lugar de la transacción, pues si se separaban antes de la entrega, la venta no se consideraría lícitamente realizada. Esto se debe a que el intercambio es el trueque de precios, y efectuar la entrega en el lugar del contrato es una condición esencial para que el intercambio sea válido. Al-Bujari transmitió por autoridad de Malik ibn Aws, quien dijo: El Mensajero de Allah ﷺ dijo: «Comerciar oro por plata es riba, a menos que sea de mano a mano». At-Tirmidhi también transmitió que el Mensajero de Allah ﷺ dijo: «Intercambia oro por plata como desees, siempre que sea de mano a mano». El Mensajero de Allah ﷺ prohibió comerciar oro por plata a crédito, y también prohibió cambiar un bien ausente por uno presente. Por tanto, el intercambio debe realizarse en el lugar del contrato, pues si las partes contratantes se separaban antes de efectuar la entrega, el intercambio sería inválido por el incumplimiento de una de sus condiciones principales. Sin embargo, si parte del contrato se intercambió en el lugar del contrato, entonces el contrato es válido en la parte que se intercambió y en su equivalente en la contraprestación, y es inválido en el resto del contrato y en su parte equivalente. Esto se debe a que es lícito dividir el contrato en partes. Por ejemplo, si una persona cambió un dinar por diez dirhames con una persona que solo tiene cinco dirhames, le sería inválido separarse antes de que se entreguen los diez dirhames completos. Si se entregaron los cinco dirhames y se separaron, el intercambio sería inválido por la mitad de los dinares y válido por la otra mitad, que equivale a los cinco dirhames que se entregaron. Esto se debe a que es lícito dividir el contrato de compraventa. Si la persona con los cinco dirhames tomó prestado el resto del dinero de la otra persona o de un tercero para completar el contrato, el intercambio sería válido, siempre que el préstamo no fuera una condición del contrato, pues si lo fuera, el contrato sería inválido.